martes, 2 de febrero de 2016

TEMA 6: PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES

Para facilitar la asimilación de contenidos, os dejo aquí el esquema del tema que estamos trabajando. 


TEMA 6
PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES

1.  ¿De qué dos formas se articula la participación de los trabajadores en la empresa? 
— REPRESENTACIÓN UNITARIA
Comité de empresa
Delegados de Personal

— REPRESENTACIÓN SINDICAL
Delegados sindicales
Secciones sindicales.

2.  A la hora de elegir delegados de personal o miembros del comité de empresa, ¿quién puede ser elector y quién elegible?

— Candidatos que pueden ser elegidos:


Los mayores de 18 años
Antigüedad al menos de 6 meses

— Electores:

 Los mayores de 16 años

Antigüedad al menos de 1 mes


3. ¿Cuánto dura el mandato de los representantes de los trabajadores?

4 AÑOS

4. ¿Quién son los delegados de personal?


Son los representantes de los trabajadores en los centros de trabajo de menos de 50 trabajadores.

— De 6-10 trabajadores…….   1 delegado voluntario
— De 11-30 trabajadores……. 1 obligatorio
— De 31-49 trabajadores……  3 obligatorios.


5. ¿Qué es un comité de empresa?

Es el órgano de participación obligatorio para los centros de trabajo con, al menos 50 trabajadores.

6. Cita tres competencias y cuatro garantías que tengan los delegados y miembros del comité de empresa
  •  GARANTÍAS
— NO PUEDEN SER DESPEDIDOS
— PRIORIDAD DE PERMANENCIA ANTE DESPIDOS ECONOMICOS
— DERECHO A EXPRESAR OPINIONES
— CREDITO HORARIO
  • — COMPETENCIAS:
— RECIBIR INFORMACIÓN DE LA EMPRESA
— DERECHO A SER CONSULTADO
— VIGILAR CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA

7. ¿Qué es un sindicato? Señalar quiénes pueden y quiénes no puede afiliarse a un sindicato.


Es una asociación de trabajadores para la defensa y promoción de sus intereses de cara a mejorar las condiciones de trabajo. 

  • Se puede afiliar al sindicato: 
Trabajadores por cuenta ajena

Los parados

Jubilados y trabajadores incapacitados

Trabajadores autónomos que no tengan trabajadores contratados 

  • No pueden afiliarse: 
Jueces magistrados y fiscales

Ejercito y Guardia Civil

Policía, tiene su propio sindicato. 



8.Define qué se entiende por convenio colectivo

— Es un pacto privado entre sindicatos y empresa , que tiene la fuerza de una norma.
— Puede mejorar lo dictaminado en el Estatuto de los trabajadores, nunca empeorar.

9.¿Qué es la huelga? ¿Y el cierre patronal?


— Huelga es el derecho constitucional de los trabajadores, que consiste en ausentarse del puesto de trabajo, utilizado como medida de presión para modificar normas. Por ejemplo al negociar el convenio.

— El cierre patronal es una medida utilizada por la empresa como defensa, nunca para reclamar que consiste en cerrar el centro de trabajo para impedir el acceso a los trabajadores ante unas causas legales.

10. Efectos de la huelga legal y de la huelga ilegal.


  • HUELGA LEGAL:
— La empresa no cotiza a la Seguridad Social
— No se puede descontar días de vacaciones.
— No se cobra
—       Salarios
—       Parte proporcional de descansos y festivos
—       Parte proporcional de las pagas extraordinarios

  • HUELGA ILEGAL:
— Se pueden descontar de los días de vacaciones
— Despido disciplinario, por faltas de asistencia.

11. Procedimiento para el inicio de la huelga.
  • — CONVOCATORIA
— Convocatoria con el por comité de empresa y delegados, sindicatos o los trabajadores.
— Preaviso de 5 días, o 10 los servicios públicos
— Se fijan servicios mínimos
— Se puede dar una mediación previa.
  • — COMITÉ DE HUELGA
— Máximo 12 miembros, para hacer de vínculo con la empresa y garantizar la seguridad y vigilancia
  • — DESARROLLO DE HUELGA
— Ni se puede sancionar a los huelguistas, ni sustituirlos.(Esquirolaje)
— Permitidos los piquetes informativos, no violentos.
— Permitir ocupación de locales para ejercer el derecho de reunión de forma pacífica.
— Derecho a acudir o nO.

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